Asesoramiento y Planificación fiscal

  • 08/12/2020 -REGÍMENES ESPECIALES. EMERGENCIA AGROPECUARIA. SALTA – RESOLUCIÓN (Min. Agricultura, Ganadería y Pesca) 249/2020
Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en determinados Departamentos de la Provincia de Salta, para las explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por sequía.

 

  • 09/12/2020 – MENDOZA. LEY IMPOSITIVA 2021 Y MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL
Se establecen las alícuotas y los montos correspondientes a los importes fijos, las tasas y las contribuciones de la Provincia de Mendoza, aplicables para el período fiscal 2021, y se disponen modificaciones al Código Fiscal Provincial.
Entre las principales modificaciones, destacamos las siguientes:
* Se reducen las alícuotas generales del impuesto sobre los ingresos brutos aplicables para determinados rubros de actividad de acuerdo al siguiente detalle:
1) Agricultura, caza, silvicultura y pesca: del 0,75% al 0%;
2) Explotación de minas y canteras: del 0,75% al 0%

* Por otra parte, se reduce del 1,5% al 0,75% el alícuota general del impuesto de sellos.

  • 10/12/2020 – BUENOS AIRES. PRÓRROGA DE LOS BENEFICIOS PROMOCIONALES PARA LOS PARTIDOS DE PATAGONES, VILLARINO, PUÁN Y TORNQUIST
Se prorrogan por 5 años los beneficios promocionales establecidos para los Partidos de Patagones -L. (Bs. As.) 12322-, Villarino, Puán y Tornquist -L. (Bs. As.) 12323- a partir del 1/1/2021.
Recordamos que los citados beneficios consisten, entre otros, en exenciones impositivas para las actividades productivas del sector agropecuario, el comercio y la industria.

 

  • 10/12/2020 – REGÍMENES ESPECIALES. EMERGENCIA AGROPECUARIA. SANTIAGO DEL ESTERO
Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Santiago del Estero, a las explotaciones ganaderas, tamberas y agrícolas de cultivo de invierno afectadas por sequía, en todo el territorio provincial.

 

  • 18/12/2020 – APORTE SOLIDARIO Y EXTRAORDINARIO PARA AYUDAR A MORIGERAR LOS EFECTOS DE LA PANDEMIA
Se aprueba el “Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”.
El mismo establece un aporte extraordinario y por única vez sobre los patrimonios de las personas humanas que tiene el carácter de emergencia.
El mismo alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior y las residentes en el exterior por la totalidad de sus bienes en el país, en ambos casos existentes al 18/12/2020, cuando excedan los $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos).
Los bienes deberán ser valuados según las normas del impuesto sobre los bienes personales, independientemente del tratamiento que revistan los mismos frente al impuesto y sin deducción de mínimo no imponible.
Aquellas personas humanas de nacionalidad argentina que tengan domicilio o residencia en “jurisdicciones no cooperantes” o “jurisdicciones de baja o nula tributación” serán considerados sujetos residentes a los efectos del ingreso del presente aporte.
La alícuota a aplicar será de entre el 2% y el 3,5% para el caso de bienes en el país, y para bienes en el exterior, la alícuota será de entre el 3% y el 5,25%, según el patrimonio gravado.
Señalamos que se prevé la repatriación de al menos el 30% de los activos financieros en el exterior durante los 60 días posteriores al 18/12/2020, debiendo permanecer los mismos hasta el 31/12/2021, con el objetivo de que no se apliquen las alícuotas de bienes del exterior y solo se apliquen las alícuotas de bienes del país.
La AFIP queda facultada para dictar las normas complementarias que determinen los plazos, formas de ingreso, presentación de declaraciones juradas y demás aspectos operativos referidos al presente aporte.

 

  • 21/12/2020 – REGÍMENES ESPECIALES. EMERGENCIA AGROPECUARIA. PROVINCIA DE MENDOZA
Se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en determinados departamentos y distritos de la Provincia de Mendoza, para las explotaciones agrícolas afectadas por heladas.

 

  • 23/12/2020 – REGÍMENES ESPECIALES. PROGRAMA DE ASISTENCIA A LA CADENA DE PRODUCCIÓN DE PERAS Y MANZANAS DE LAS PROVINCIAS DEL NEUQUÉN, RÍO NEGRO, MENDOZA, SAN JUAN Y LA PAMPA. RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO Y PRÓRROGA DE INGRESO DE OBLIGACIONES
Se establece un régimen de facilidades de pago para la cancelación de los aportes y contribuciones de la seguridad social de los períodos vencidos entre los días 1 de junio y 31 de diciembre de 2020 ambas fechas inclusive, cuyos vencimientos han sido postergados en el marco del Programa –D. 615/2020-.
La adhesión podrá realizarse desde el 20 de enero y hasta el 31 de marzo de 2021.
Por otra parte, se prorrogan al 22 de enero de 2021 los vencimientos para el pago de los aportes y contribuciones que operan entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2020, inclusive, para los productores del sector peras y manzanas.
Por último, los contribuyentes alcanzados por la emergencia económica -dispuesta por la L. 27354- podrán ingresar hasta el día 22 de enero de 2021 las obligaciones impositivas, los aportes y contribuciones de la seguridad social, y los pagos de autónomos y de monotributo que hubieran vencido entre el 4 de junio de 2017 y 31 de mayo de 2020.

 

  • 28/12/2020 – REGÍMENES ESPECIALES. EMERGENCIA AGROPECUARIA. PROVINCIA DE CÓRDOBA
Se declara el estado de desastre agropecuario, en la Provincia de Córdoba, en las áreas delimitadas utilizando el criterio de polígonos georreferenciados, a las explotaciones agropecuarias afectadas por incendio.

 

  • 30/12/2020 – BUENOS AIRES. REGLAMENTACIÓN DE LOS BENEFICIOS PROMOCIONALES PARA LOS PARTIDOS DE PATAGONES, VILLARINO, PUÁN Y TORNQUIST
Se reemplaza y unifica en un solo texto las normas que reglamentan los beneficios promocionales establecidos para los Partidos de Patagones -L. (Bs. As.) 12322-, Villarino, Puán y Tornquist -L. (Bs. As.) 12323- a raíz de las últimas modificaciones introducidas en los regímenes mencionados -D. (Bs. As.) 1111/2020-.

 

  • 30/12/2020 – TUCUMÁN. PRÓRROGA DE LA ALÍCUOTA DEL 0% EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PARA LA ACTIVIDAD PECUARIA
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la alícuota diferencial del 0% para la producción pecuaria, en los impuestos sobre los ingresos brutos y para la salud pública -L. (Tucumán) 9021-.

 

  • 31/12/2020 – REGÍMENES ESPECIALES. PROGRAMA DE ASISTENCIA A LA CADENA DE PRODUCCIÓN DE PERAS Y MANZANAS DE LAS PROVINCIAS DEL NEUQUÉN, RÍO NEGRO, MENDOZA, SAN JUAN Y LA PAMPA. VENCIMIENTOS. ADECUACIONES
El Poder Ejecutivo prorroga los vencimientos generales para el pago de obligaciones de la seguridad social que operen desde el 1° de junio de 2020 hasta el 30 de junio de 2021, ambas fechas inclusive.
Asimismo, instruye a la AFIP para que para que adopte las medidas necesarias para prorrogar hasta el 30 de junio de 2021 los beneficios dictados con motivo del decreto 615/2020 y como así también que instrumente regímenes de facilidades de pago para la oportuna cancelación de las obligaciones postergadas.