Outsourcing (BPO)

Desde hace un tiempo la comunidad empresaria, viene debatiendo la necesidad de ganar en competitividad en las distintas actividades dada la necesidad de atraer inversiones  productivas y generar empleo genuino que es el desarrollado por la actividad privada y no por el llamado desempleo disfrazado del sector público.

Así se viene hablando, en la necesidad de mejorar la logística (el tren como medio de transporte y su mejora para transportar la producción), la tecnología (Inteligencia artificial, la nube. Blokchain technology etc), ampliar el mercado interno para reducir costos fijos, la eliminación de los impuestos distorsivos, etc. Estos temas han sido promovidos por el actual gobierno en la medida de sus posibilidades fiscales y los empresarios vienen realizando esfuerzos por mantener un nivel de actividad acorde con la estructura actual de costos.

La mayoría de las provincias han considerado que Argentina se encuentra en un contexto inflacionario desde el 1 de julio de 2018. Por esto es que han decidido reanudar la obligatoriedad del ajuste por inflación contable  para las empresas. Esta decisión generará que las mismas deberán exponer información ajustada por inflación  en sus estados contables, reconozcan a la inflación en su estructura de costos,  los resultados financieros y los resultados por cambios en los precios relativos de los productos e insumos, (resultados de tenencia), en términos reales. Mediante este procedimiento  podrán hacer un mejor  análisis micro de su competitividad y el sinceramiento de su economía

La Ley 27468 reanuda la implementación del ajuste por inflación  contable, es decir se retoma la presentación de estados contables en moneda homogénea en forma obligatoria. En cuanto a la vigencia de las normas referidas a los estados contables ajustados por inflación, se informa que será conforme lo establezca el Poder Ejecutivo Nacional, a través de sus organismos de control.

La Inspección General de Justicia, mediante su resolución general 10/2018,  y la Comisión Nacional de Valores, por medio de su resolución general 777/2018 aprobaron que los estados contables deberán presentarse ante esos organismo expresados en moneda homogénea aplicando las normas emitidas por la FACPCE y la NIC 29 del IASB y aprobadas por el CPCECABA, según la resolución (CD) 107/2018 a partir de los ejercicio cerrados a partir del  1 de Julio de 2018.

Es una necesidad que los profesionales contadores, a quienes las empresas concurran para asesorarse,  informen adecuadamente sobre los beneficios en términos de calidad de información y transparencia que representa realizar el ajuste.

Las normas y la doctrina especializada establecen para la realización del  ajuste una secuencia de ejecución y otra de comprobación, por los denominados métodos indirectos y directos respectivamente y la forma de medir realmente los resultados financieros, por lo que es muy relevante que la información ajustada este comprobada

Nos encontramos  la preparación de los estados contables con cierre 31 de diciembre de 2018, donde en todas las jurisdicciones se hace obligatoria su aplicación. Desde nuestra firma hemos desarrollado herramientas para la realización y comprobación de los ajustes por inflación.  Los métodos que desarrollamos hacen más sencilla la tarea de los contadores, es por eso que nos ponemos a disposición para colaborar con los profesionales o compañías que lo necesitan y no dispongan de los tiempos necesarios para ello.

Finalmente esperamos que las empresas puedan realizar sus estados contables ajustados proveyendo de mejor información a los interesados en la misma.

Carlos Barrero – Socio de Barrero & Larroudé