Outsourcing (BPO)

Actualmente, los bancos están obligados a aceptar cheques electrónicos o “ECHEQS” el objetivo de este instrumento es simplificar de la operatoria de emisión, endoso, negociación y circulación por medio de canales digitales y a su vez reducir los costos operativos.

Beneficios de usar ECHEQ

Los ECHEQ es que no tienen límite de endosos y son susceptibles de negociación bursátil. Respecto al cobro, el tenedor legitimado, podrá hacerlo a partir de la fecha de pago media una orden electrónica de acreditación o bien cobrarlo por ventanilla. Si por cualquier motivo un ECHEQ no fuese pagado, total o parcialmente, la entidad financiera depositaria deberá a emitir, a requerimiento del beneficiario, la Certificación para ejercer Acciones Civiles (CAC), conforme al artículo 61 de la Ley de Cheques 24452 y sus modificatorios. En el caso de cobro por ventanilla, la entidad girada será la responsable de dicha función.

El Banco deberá asegurar que el ECHEQ sea librado sin defectos y de acuerdo a los mecanismos de seguridad convenidos, reduciendo los motivos de rechazo. El requisito de la firma quedará satisfecho si se utiliza cualquier método electrónico que asegure la exteriorización de la voluntad del librador y la integridad del instrumento.

Las normas del cheque común o diferido son de aplicación supletoria en caso de vacío normativo y siempre que no sean incompatibles con la regulación del ECHEQ.