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Si se aprueba la prórroga del artículo 48 de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, las empresas con resultados positivos durante los ejercicios iniciados el 1° de enero de 2021 continuarán pagando un 5% más en el Impuesto a las Ganancias hasta el 2023.

Se espera que antes del 28 de febrero el Congreso Nacional se reúna en sesiones Extraordinarias para tratar, entre otros temas, la prórroga al Artículo 48 de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva sancionada en diciembre de 2019. Recordamos que esta Ley estableció la suspensión de la reducción de alícuota al 25% y al 13% y se dispuso continuar utilizando la alícuota del 30% y del 7% para el Impuesto a las Ganancias para las sociedades de capital y los dividendos distribuidos y las resma de utilidades a la casa matriz, respectivamente.

La Ley 27.430 había modificado las alícuotas y tenía como objetivo continuar con la baja para fomentar la inversión. La primera rebaja del 35% al 30%  fue la única que se aplicó para los ejercicios iniciados en enero de 2018 y luego se interrumpió sucesivamente y puede prorrogarse un año más.

¿Cómo afecta la prórroga a las empresas?

Como señalamos anteriormente, de ser aprobada la iniciativa del Ejecutivo, prorrogará por un año la alícuota del 30% en el impuesto a las ganancias para las sociedades de capital y del 7% para los dividendos distribuidos y la resma de utilidades a la casa matriz.

 Lamentablemente, al ser una tasa directa, no existe planificación fiscal que pueda morigerar el impacto. Habrá que esperar hasta mayo del 2023 para ver la reducción de las alícuotas del 25% y del 13%.