Se prorrogó la doble indemnización y la prohibición de despidos o suspensiones.
RRHH y Legislación rural
A través del decreto 39/2021, publicado este sábado en el Boletín Oficial, el Gobierno prorrogó la vigencia de la doble indemnización y la prohibición de despidos o suspensiones.
Principales puntos del decreto 39/2021
- Se amplia hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional que había sido declarada por el DNU 34/19 y luego ampliada por los Decretos 528/20 y 961/20.
- Se prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 90 días. (31/3/2021)
- Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021, la doble indemnización.
Cuestiones a tener en cuenta
Un punto polémico es al artículo 9 del decreto 39/21, que establece que “Las disposiciones de los artículos (prohibición despidos y doble indemnización) del presente no serán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/19“. La vigencia este decreto es desde el 14 de diciembre 2019.
Pero cabe recordar, que en relación a la doble indemnización, la segunda prórroga, que se formalizó mediante el decreto 624/20, se dispuso en el artículo lo siguiente: “El presente decreto no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia.” es decir el 30 de julio 2020. Por lo tanto, el nuevo decreto 39/21 que prorroga por 90 la prohibición de efectuar despidos, retrotrae la fecha de aplicación del 30/07/2020 al 14/12/2019.